MAPAS denuncia omisiones y vacíos legales en el caso del psiquiatra Sergio Martín González, sentenciado por violencia sexual. Exigen revisión del proceso y sanciones profesionales para garantizar justicia y no repetición.

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Morelia,  Michoacán .- Integrantes de la colectiva Mujeres Andando Procesos por Autonomías Sororales (MAPAS) denunciaron públicamente una serie de omisiones y vacíos legales en el caso del Psiquiatra Sergio Martín González, sentenciado por violencia sexual, y exigieron a las autoridades la revisión integral del proceso judicial, así como la aplicación de medidas administrativas y profesionales que garanticen la protección de otras posibles víctimas.

En entrevista la activista Sofia Blanco, activista de la colectiva MAPAS, señaló una serie de omisiones y vacíos legales en el caso del psiquiatra, entre los cuales destacan una sentencia de 3 años siendo que los actos ocurrieron en el ejercicio de su profesión lo cual pone en situación vulnerable a sus pacientes.

Además  denunció que la reparación del daño no es proporcional al mismo dado que 12 mil pesos no cubren los daños físicos y psicológicos de una agresión sexual, además de los tratamientos que ha tenido que tener para medianamente recuperar su salud mental.

Durante la entrevista,  la activista explicó que la colectiva fue contactada para solicitar acompañamiento, ya que la víctima que ellas conocen ya cuenta con una sentencia condenatoria de tres años.

Es importante mencionar que las alarmas se encendieron cuando descubrieron el acusado  presento un beneficio legal mediante el pago de una multa, lo que le permitiría obtener su libertad anticipada, situación que ha generado un profundo temor e incertidumbre en la víctima.

Blanco informó que, a partir del diálogo sostenido con la Fiscalía, tuvieron conocimiento de que existe otro proceso penal en curso por violación contra el mismo psiquiatra, aunque en ese segundo caso la colectiva no acompaña directamente a la víctima.

Uno de los aspectos que más preocupa a la colectiva es que, a pesar de la sentencia, el nombre del agresor continúa apareciendo en páginas web de promoción médica, como directorios de “médicos en Morelia” así como “Doctoralia”, donde se le muestra como si ejerciera con normalidad, incluyendo número telefónico y datos de contacto, aun cuando estuvo privado de la libertad.

Para MAPAS, esto evidencia una falta de medidas cautelares y administrativas, así como una minimización de la violencia sexual.

“Parece que para el sistema de justicia la violencia sexual vale menos”, denunció.

Recordó que, antes de la violencia feminicida, existe una cadena de violencias, entre ellas la sexual, que en diversos países ya es reconocida como una forma de tortura.

No obstante, en México, estos delitos suelen reclasificarse o atenuarse, lo que reduce agravantes y abre la puerta a mecanismos como la mediación, a pesar de que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia prohíbe expresamente la mediación en estos casos y establece la obligación de proteger el anonimato de las víctimas.

Redes de Colectiva

La defensora resaltó que dicho anonimato frecuentemente no se respeta, por lo que la colectiva ha decidido nombrar públicamente a los agresores, como una forma de cuidado comunitario y de prevención hacia otras mujeres.

“Nombrar a los agresores es una forma de no voltear la mirada hacia otro lado y de no seguir cargando la responsabilidad sobre las víctimas”, afirmó, rechazando los señalamientos de difamación en su contra.

Subrayó que no puede hablarse de difamación cuando existe una sentencia condenatoria, y que su objetivo es alertar a la comunidad.

La colectiva enfatizó que el agresor no ha enfrentado ninguna sanción profesional, ya que no se le ha suspendido ni retirado la cédula profesional, a pesar de que la violencia fue ejercida desde su rol como psiquiatra, aprovechándose de una relación profundamente asimétrica de poder.

“Como profesionales de la salud mental entendemos el lugar de autoridad y vulnerabilidad que se juega en el espacio terapéutico”, señalaron.

En este sentido, MAPAS recordó que el marco legal mexicano sí contempla sanciones claras:

El Artículo 228 del Código Penal Federal establece que los profesionistas que cometan delitos en el ejercicio de su profesión pueden ser sancionados con la suspensión temporal o definitiva del ejercicio profesional, además de la reparación del daño.

La Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional faculta a la autoridad competente, como la SEP, a suspender o cancelar la cédula profesional ante sentencias condenatorias.

La Ley General de Salud, en su Título Décimo Octavo, prevé sanciones administrativas, incluida la clausura de consultorios y la suspensión de personal médico que incurra en irregularidades graves.

Otro elemento que genera indignación es que la defensa del psiquiatra está a cargo de un ex juez, quien dejó el cargo recientemente y ahora representa a agresores sexuales.

Para la colectiva, esto evidencia no sólo un problema ético, sino también un desequilibrio de poder, ya que el ex funcionario cuenta con un conocimiento técnico y un peso político que facilita el uso de vacíos legales y tecnicismos para beneficiar a los agresores.

Sofía Blanco  concluyó señalando que su exigencia central es que el Estado garantice justicia con perspectiva de género, que no se limite a sentencias mínimas, y que incluya medidas reales de no repetición, como la inhabilitación profesional de quienes ejercen violencia desde espacios de poder a Sergio Martín González, sentenciado por violencia sexual, y exigieron a las autoridades la revisión integral del proceso judicial, así como la aplicación de medidas administrativas y profesionales que garanticen la protección de otras posibles víctimas.


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